Cumpliendo con el mandato de la Décima Quinta
Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ley N° 29944 (promulgada el 25 de noviembre del año pasado); la
Ministra de Educación Patricias Salas O’Brien firmó la R. M. Nro. 0062-2013-ED (publicada en el diario oficial El peruano este jueves 07 de febrero) disponiendo
que la oficina de prensa del MINEDU efectúe la pre publicación en su portal
institucional del Proyecto de Reglamento
de la Ley de Reforma Magisterial “a
efectos de recibir sugerencias y alcances de las entidades públicas, privadas y
de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario”; es
decir, sólo del 07 al 17 de febrero.
Asimismo, con arreglo a la mencionada R. M. Nro.
0062-2013-ED se tiene que la Dirección General de Desarrollo Docente
del Ministerio de Educación, se encargará de la recepción, procesamiento y
sistematización de las sugerencias y alcances; los mismos que pueden hacerse a
través de la página web de la Ley de
Reforma Magisterial: www.reformagisterial.pe o al correo electrónico: digedd@minedu.gob.pe
Es de reconocer el esfuerzo realizado por
funcionarios y técnicos de Ministerio de Educación. Sin embargo, la propuesta del Reglamento demanda un
estudio pausado y análisis reflexivo, no sólo del CNE (a través de la Mesa
Interinstitucional de Desarrollo Docente), del Colegio de Profesores, o del SUTEP
(quienes vienen preparando la presentación de una Acción de
Inconstitucionalidad a ciertos artículos de la Ley), sino de las sugerencias de
todos los actores educativos y la sociedad en su conjunto, quienes liberados de
los grilletes que mediatizan el pensamiento podamos proponer en consenso ideas reivindicativas
pero sin olvidar que un nuevo tipo de sociedad requiere un nuevo tipo de
Educación que conlleve cambios profundos.