miércoles, 29 de mayo de 2013

El Proyecto de Ley del Servicio Civil y el EMPLEADO PÚBLICO

Un 29 de mayo de 1950, el General Manuel A. Odría promulga la Ley N° 11377 "Estatuto y Escalafón del Servicio Civil" que en su Artículo 105º establece como "Día del Empleado Público" la fecha de su promulgación "debiendo conmemorarse todos los años con ceremonia y actuaciones que realcen su significado".
Posteriormente, con fecha 18 de mayo de 1992 se expide la RESOLUCIÓN JEFATURAL N°108-92-INAP/DNP, que aprueba la Directiva Nº 004-92-INAP/DNP donde se ratifica la “Celebración del día del Servidor en la administración Pública” señalando Ias pautas para dicha celebración con el objetivo de "realzar el desempeño de la función pública que cumple el servidor de la Administración Pública”.
Por estas razones y con arreglo a las normas mencionadas, El 29 de Mayo de cada año, se celebra el Día del Empleado Público, para reconocer el desempeño del personal administrativo que labora en las diferentes instituciones sectoriales. Empero, lejos de constituir un dia que sirva para renovar su compromiso y vocación de servicio a favor de todos los peruanos y por el desarrollo real y sostenido del país, un buen numero de Empleados Públicos asociados en sindicatos hoy están iniciando una Huelga Nacional Estatal como lo hacen saber mediante mediante oficio Nº 034-2013-CEN-CITE-CTE-UNASSE.
Nos identificamos con sus justas aspiraciones y sus luchas como instrumento por la gesta de un sueldo digno  y el respeto de los derechos amparados por pactos internacionales del cual el pais es signatario, pero también, no podemos negar la necesidad de la reforma del Estado en busca de una administración más eficiente y eficaz que supere las grandes deficiencias del empleo público.
En la actualidad existen 15 regímenes laborales en las entidades del Estado, entre generales y especiales, lo que inevitablemente favorece el desorden en la administración pública, pues cada uno de ellos contempla distintos derechos y deberes para los servidores públicos.
Tres son los regímenes laborales generales y los más conocidos: carrera administrativa (Decreto Legislativo 276), régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo 728) y Contratación Administrativa de Servicios – CAS (Decreto Legislativo 1057); los cuales agrupan al 40% del alrededor de millón 300 personas que emplea el Estado.
Sin embargo, la mayoría (59%) se encuentra con las carreras especiales, que agrupa a los profesores, los profesionales de la salud, los magistrados, fiscales, diplomáticos, servidores penitenciarios, militares y políticos, entre otros. El restante 1% lo constituyen los gerentes públicos, quienes se rigen por el Decreto Legislativo 1024, así como quienes están en la planilla del PNUD.
El proyecto de ley para una nueva carrera pública llamada Proyecto de Ley del Servicio Civil se enfoca en los regímenes laborales generales (DL 276, 728 y CAS) y no en las carreras especiales, está basada en la meritocracia y la evaluación de desempeño. Además, la idea de esta reforma en el servicio civil es integrar los regímenes laborales generales e incorporar el tema remunerativo, aspecto que no fue considerado en anteriores intentos de reforma.
Si bien, lo manifestado, configura un escenario especial y particular en la celebración del “día del Servidor en la administración Pública”, no huelga decir que anhelamos y tenemos la firme esperanza que con la voluntad de ambas partes se imponga finalmente los intereses y el desarrollo de nuestro pueblo y para ello debemos seguir luchando y buscando la Unidad de los Trabajadores, por ello, no podemos dejar de resaltar este DIA GLORIOSO y saludar en forma especial a todo el personal administrativo del sector Educación y  a quienes en esta fecha cumplen 25 y 30 años de servicio a la Nación.
¡UN FELIZ DÍA DEL EMPLEADO PUBLICO!

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